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La Suprema Corte validó la reforma que impide que las rentas en la CDMX aumenten por encima de la inflación anual, al considerar que protege el derecho a la vivienda frente a alzas desproporcionadas y posibles desplazamientos por gentrificación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación puso un alto a los incrementos desmedidos en las rentas de vivienda en la Ciudad de México. Por unanimidad, el Pleno rechazó el amparo promovido por Urbanhub México, la empresa que buscaba invalidar la reforma al Código Civil local que limita los aumentos anuales al índice inflacionario.

Hasta apenas el año pasado, los contratos de arrendamiento podían registrar alzas de hasta 10% anual, una cifra que en muchos casos superaba con creces la inflación y presionaba el presupuesto de miles de familias capitalinas. 

La compañía argumentó que el tope vulneraba la libertad contractual, la privacidad y la igualdad, al fijar un criterio general sin diferenciar entre tipos de inmuebles, zonas o montos de renta. Sin embargo, el máximo tribunal consideró que la medida persigue un objetivo constitucional válido: proteger el derecho a la vivienda.

El ministro presidente, Hugo Aguilar, subrayó que la regulación busca evitar aumentos desproporcionados que puedan derivar en desplazamiento de habitantes, fenómeno asociado a procesos de encarecimiento urbano y gentrificación.

Entonces, ¿cuánto es lo máximo que me pueden aumentar la renta?

En términos prácticos, el aumento anual de una renta en la Ciudad de México no puede exceder el porcentaje de inflación registrado el año anterior, tal como lo establece el artículo 2448 D del Código Civil local.

Por ejemplo, si la inflación de 2025 fue de 3.69%, un contrato con una renta mensual de 10,000 pesos solo podría incrementarse hasta 369 pesos para el siguiente año. Cualquier ajuste por encima de ese porcentaje contravendría la normativa vigente.

La Corte sostuvo que la libertad de contratación no es un derecho absoluto cuando entra en juego el acceso a la vivienda, considerado un derecho fundamental. La disposición aplica exclusivamente a contratos de arrendamiento habitacional en la capital del país.

La decisión abre el debate sobre si este tipo de límites puede convertirse en una herramienta eficaz frente a la gentrificación y el desplazamiento forzado por el alza en el costo de vida.


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Imagen de portada: SCJN