Placas, licencias y casco obligatorio para scooters y bicicletas eléctricas: la nueva ley de la CDMX
Sociedad
Por: Yael Zárate Quezada - 08/29/2025
Por: Yael Zárate Quezada - 08/29/2025
Con la reforma a la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, scooters, bicicletas eléctricas y bicimotos ahora se integran a una nueva categoría de vehículos motorizados eléctricos personales (Vemepe), por lo cual ahora deben tramitar placas, contar con licencia de manejo y portar casco de manera obligatoria.
De acuerdo con esta nueva normati, los vehículos eléctricos mencionados tendrán restringida la circulación en banquetas y ciclovías, y su movilidad queda limitada únicamente a las calles.
El objetivo es mejorar la seguridad vial y garantizar una convivencia más justa con peatones y ciclistas. Así lo señaló la jefa de Gobierno de la capital, Clara Brugada, quien celebró la medida al afirmar que “la movilidad sostenible también es seguridad. Prohibido circular en banquetas o ciclovías: es justicia vial para peatones y ciclistas”.
Foto: Cuartoscuro
Es importante puntualizar que el cambio normativo no aplica a todas las unidades eléctricas por igual. La nueva ley especifica que, mientras los vehículos alcancen velocidades mayores a 25 kilómetros por hora y tengan un peso superior a los 35 kilos, se les considerará motocicletas.
Las categorías definidas son las siguientes:
Así, bajo este esquema, scooters, bicimotos y bicicletas eléctricas que superen los 25 kilómetros por hora y pesen más de 35 kilos entran de lleno en la regulación.
Aunque la reforma ya fue aprobada desde el pasado 15 de agosto, aún hay un plazo antes de que entre en vigor de manera oficial. El Gobierno de la Ciudad de México cuenta con 360 días para publicar en la Gaceta Oficial los detalles sobre cómo se aplicará la nueva normativa en el Reglamento de Tránsito. Esto significa que será hasta el 10 de agosto de 2026 cuando la “Ley Scooter” comience a ser plenamente exigible por las autoridades.
Por ahora no se ha revelado el monto que deberán pagar los conductores de scooters, bicimotos o bicicletas eléctricas por obtener sus placas y licencias. Sin embargo, se informó que el costo se dará a conocer a partir del 15 de septiembre, fecha en que se espera una actualización oficial sobre las tarifas correspondientes.
Quedarán exentas las unidades que funcionen con acción humana o pedaleo asistido, así como aquellas que cuenten con motor eléctrico que no supere los 25 kilómetros por hora. Esto significa que bicicletas tradicionales, patines eléctricos de baja velocidad y equipos similares seguirán circulando sin necesidad de portar placas o licencia de manejo.
La aprobación de la llamada “Ley Scooter” responde al aumento del uso de vehículos eléctricos ligeros en la Ciudad de México. Estos dispositivos se han convertido en una alternativa popular de transporte por su bajo costo, rapidez y contribución a la movilidad sostenible. Sin embargo, su creciente presencia también ha generado conflictos en la vía pública, especialmente por la circulación en banquetas y ciclovías, donde peatones y ciclistas han expresado preocupación por su seguridad.
Al integrarlos en la Ley de Movilidad, los scooters, bicimotos y bicicletas eléctricas dejan de ser vistos como simples gadgets urbanos y pasan a formar parte de un marco legal que exige responsabilidades similares a las de los motociclistas.
En tanto, el debate sobre la movilidad sostenible seguirá abierto, pues aunque estas medidas buscan orden, también representan un reto para quienes han encontrado en los scooters y bicicletas eléctricas una solución práctica a los problemas de tráfico.